República Argentina / Argentine Republic
Nivel Intermedio / Intermediate Level Funciones / Functions |
Funciones en Materia de Planeación, Desarrollo Económico y Seguridad
AREA DE PLANEACION Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL |
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Funciones |
Relaciones Intergubernamentales |
C.P. Provincia Río Negro Art. 74.-
Elaborar planes que promuevan la participación de los sectores
económicos y sociales interesados, destinados al desarrollo regional e
integración económica provincial. C.P. Provincia Río Negro Art. 69.- La Provincia con los municipios ordena el uso del suelo y regula el desarrollo urbano y rural, mediante las siguientes pautas:1. La utilización del suelo debe ser compatible con las necesidades generales de la comunidad. 2. La ocupación del territorio debe ajustarse a proyectos que respondan a los objetivos, políticas y estrategias de la planificación democrática y participativa de la comunidad, en el marco de la integración regional y patagónica. 3. Las funciones fundamentales que deben cumplir las áreas urbanas para una mejor calidad de vida determinan la intensidad del uso y ocupación del suelo, distribución de la edificación, reglamentación de la subdivisión y determinación de las áreas libres. 4. El cumplimiento de los fines sociales de la actividad urbanística mediante la intervención en el mercado de tierras y la captación del incremento del valor originado por planes u obras del Estado. |
C.P. Provincia Tierra del Fuego Art. 75.-Consejo Provincial: La planificación del desarrollo provincial es imperativa para el sector público e indicativa para el sector privado, y tiende a establecer un concepto integral que contemple los intereses locales, regionales y nacionales, y sus relaciones de interdependencia, será dirigida y permanentemente actualizada por un consejo de planificación. |
AREA DE DESARROLLO ECONOMICO |
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Funciones |
Relaciones Intergubernamentales |
C.P. Provincia Chaco Art. 53.-
Proteger, promover y contribuir al desarrollo de la
ciencia y de la tecnología en sus diferentes manifestaciones para que sirva
de instrumento potenciador y de apoyo al progreso económico: El Estado
provincial promoverá acuerdos y tratados, integrará organizaciones
nacionales, interprovinciales e internacionales sobre materia impositiva,
producción, explotación de recursos naturales, servicios y obras
públicas, y de preservación ambiental, propendiendo al desarrollo e
integración regional. |
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AREA DE SEGURIDAD |
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Funciones |
Relaciones Intergubernamentales |
C.P. Provincia Tierra del Fuego Art. 79.- El Estado provincial ejercerá el poder de policía sobre los puertos y aeropuertos de su jurisdicción. |
Fuente:
Revisión Constitucional
y Legal realizada por el Programa Colombia del Centro de Estudios Latinoamericanos de la Universidad de Georgetown, marzo 2002.
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