El Salvador / El Salvador
    Estudio sobre Descentralización
   
Decentralization Study
Political Database of the Americas

Ultima actualización / Last updated: April 15, 2005.

Ejecutivo
Funciones

CODIGO MUNICIPAL
DECRETO Nº 274 de 1986
con las reformas realizadas hasta el 2000

TITULO V
DEL CONCEJO Y DE LOS FUNCIONARIOS
Y EMPLEADOS

CAPITULO II
Del Alcalde


Art. 47.- El Alcalde representa legal y administrativamente al Municipio. Es el titular del gobierno y de la administración municipales.

Art. 48.- Corresponde al Alcalde:

1. Presidir las sesiones del Concejo y representarlo legalmente;

2. Llevar las relaciones entre la municipalidad que representa y los organismos públicos y privados, así como con los ciudadanos en general;

3. Convocar por sí, o a petición del Síndico, o de dos Concejales por lo menos a sesión extraordinaria del Concejo;

4. Cumplir y hace cumplir las ordenanzas, reglamentos y acuerdos emitidos por el Concejo;

5. Ejercer las funciones del gobierno y administración municipales expidiendo al efecto, los acuerdos, órdenes e instrucciones necesarias y dictando las medidas que fueren convenientes a la buena marcha del municipio y a las políticas emanadas del Concejo;

6. Resolver los casos y asuntos particulares de gobierno y administración;

7. Nombrar y remover a los funcionarios y empleados cuyo nombramiento no estuviere reservado al Concejo;

8. Organizar y dirigir la Policía Municipal;

9. Los demás que la ley, ordenanzas y reglamentos le señalen.


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