Paraguay / Paraguay
    Estudio sobre Descentralización
   
Decentralization Study
Political Database of the Americas

Ultima actualización / Last updated: May 17, 2005.

 

Funciones
Ejecutivo

Ley Orgánica Municipal
Ley Nº 898 de 1996

Constitución de la República de Paraguay de 1992


Artículo 168.- DE LAS ATRIBUCIONES

Serán atribuciones de las municipalidades, en su jurisdicción territorial y con arreglo a la ley:

1. la libre gestión en materias de su competencia, particularmente en las de urbanismo, ambiente, abasto, educación, cultura, deporte, turismo, asistencia sanitaria y social, instituciones de crédito, cuerpos de inspección y de policía;

2. la administración y la disposición de sus bienes;

3. la elaboración de su presupuesto de ingresos y egresos;

4. la participación en las rentas nacionales;

5. la regulación del monto de las tasas retributivas de servicios efectivamente prestados, no pudiendo sobrepasar el costo de los mismos;

6. el dictado de ordenanzas, reglamentos y resoluciones;

7. el acceso al crédito privado y al crédito público, nacional e internacional;

8. la reglamentación y la fiscalización del tránsito, del transporte público y la de otras materias relativas a la circulación de vehículos, y

9. las demás atribuciones que fijen esta Constitución y la ley.


Return to the Previous Page
Regresar a la Página Anterior
Return to PDBA Home
Regresar al Inicio de la BDPA