United
States of America / Estados Unidos
de América
Constitution
of 1787 in Spanish
Constitución de
1787 en español |
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Last Updated / Última
actualización: November 7, 2005
CONSTITUCION DE 1787
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CONSTITUCION DE 1787
NOSOTROS, el Pueblo de los Estados Unidos, a fin de
formar una Unión más perfecta, establecer Justicia, afirmar la tranquilidad
interior, proveer la Defensa común, promover el bienestar general y asegurar
para nosotros mismos y para nuestros descendientes los beneficios de la
Libertad, estatuimos y sancionamos esta CONSTITUCION para los Estados Unidos de
América.
ARTICULO UNO
Primera
Sección
Todos los poderes legislativos otorgados en la presente Constitución
corresponderán a un Congreso de los Estados Unidos, que se compondrá
de un Senado y una Cámara de Representantes.
Segunda Sección
- La Cámara de Representantes estará formada por
miembros elegidos cada dos años por los habitantes de los diversos Estados, y
los electores deberán poseer en cada Estado las condiciones requeridas para
los electores de la rama mas numerosa de la legislatura local.
- No será representante ninguna persona que no haya
cumplido 25 años de edad y sido ciudadano de los Estados Unidos durante siete
años, y que no sea habitante del Estado en el cual se le designe, al tiempo de
la elección.
- (Los representantes y los impuestos directos se
prorratearán entre los distintos Estados que formen parte de esta Union, de
acuerdo con su población respectiva, la cual se determinará sumando al número
total de personas libres, inclusive las obligadas a prestar servicios durante
cierto término de años y excluyendo a los indios no sujetos al pago de
contribuciones, las tres quintas partes de todas las personas restantes). El
recuento deberá hacerse efectivamente dentro de los tres años siguientes a la
primera sesión del Congreso de los Estados Unidos y en lo sucesivo cada 10
años, en la forma que dicho cuerpo disponga por medio de una ley. El número de
representantes no excederá de uno por cada 30 mil habitantes con tal que cada
Estado cuente con un representante cuando menos; y hasta que se efectúe dicho
recuento, el Estado de Nueva Hampshire tendrá derecho a elegir tres;
Massachusetts, ocho; Rhode Island y las Plantaciones de Providence, uno;
Connecticut, cinco; Nueva York, seis; Nueva Jersey, cuatro; Pennsylvania,
ocho; Delaware, uno; Maryland seis; Virginia, diez; Carolina del Norte, cinco;
Carolina del Sur, cinco y Georgia, tres.
- Cuando ocurran vacantes en la representación de
cualquier Estado, la autoridad ejecutiva del mismo expedirá un decreto en que
se convocará a elecciones con el objeto de llenarlas.
- La Cámara de Representantes elegirá su presidente y
demás funcionarios y será la única facultada para declarar que hay lugar a
proceder en los casos de responsabilidades oficiales.
Tercera Sección
- El Senado de los EE.UU. se compondrá de dos Senadores
por cada Estado, elegidos por seis años por la legislatura del mismo, y cada
Senador dispondrá de un voto.
- Tan pronto como se hayan reunido a virtud de la
elección inicial, se dividirán en tres grupos tan iguales como sea posible.
Las actas de los senadores del primer grupo quedarán vacantes al terminar el
segundo año; las del segundo grupo, al expirar el cuarto año y las del tercer
grupo, al concluír el sexto año, de tal manera que sea factible elegir una
tercera parte cada dos años, y si ocurren vacantes, por renuncia u otra causa,
durante el receso de la legislatura de algún Estado, el Ejecutivo de éste
podrá hacer designaciones provisionales hasta el siguiente período de sesiones
de la legislatura, la que procederá a cubrir dichas vacantes.
- No será senador ninguna persona que no haya cumplido
30 años de edad y sido ciudadano de los Estados Unidos durante nueve años y
que, al tiempo de la elección, no sea habitante del Estado por parte del cual
fue designado.
- El Vicepresidente de los EE.UU. será presidente del
Senado, pero no tendrá voto sino en el caso de empate.
- El Senado elegirá a sus demás funcionarios, así como
un presidente pro tempore, que fungirá en ausencia del Vicepresidente o cuando
éste se halle desempeñando la presidencia de los Estados Unidos.
- El Senado poseerá derecho exclusivo de juzgar sobre
todas las acusaciones por responsabilidades oficiales. Cuando se reuna con
este objeto, sus miembros deberán prestar un juramento o protesta. Cuando se
juzgue al Presidente de los EE.UU deberá presidir el del Tribunal Supremo. Y a
ninguna persona se le condenará si no concurre el voto de dos tercios de los
miembros presentes.
- En los casos de responsabilidades oficiales, el
alcance de la sentencia no irá más allá de la destitución del cargo y la
inhabilitación para ocupar y disfrutar cualquier empleo honorífico, de
confianza o remunerado, de los Estados Unidos; pero el individuo condenado
quedará sujeto, no obstante, a que se le acuse, enjuicie, juzgue y castigue
con arreglo a derecho.
Cuarta Sección
- Los lugares, épocas y modo de celebrar las elecciones
para senadores y representantes se prescribirán en cada Estado por la
legislatura respectiva pero el Congreso podrá formular o alterar las reglas de
referencia en cualquier tiempo por medio de una ley, excepto en lo tocante a
los lugares de elección de los senadores.
- El Congreso se reunirá una vez al año, y esta
reunión será el primer lunes de diciembre, a no ser que por ley se fije otro
dia.
Quinta Sección
- Cada Cámara calificará las elecciones, los informes
sobre escrutinios y la capacidad legal de sus respectivos miembros, y una
mayoría de cada una constituirá el quórum necesario para deliberar; pero un
número menor puede suspender las sesiones de un día para otro y estará
autorizado para compeler a los miembros ausentes a que asistan, del modo y
bajo las penas que determine cada Cámara.
- Cada Cámara puede elaborar su reglamento interior,
castigar a sus miembros cuando se conduzcan indebidamente y expulsarlos de su
seno con el asentimiento de las dos terceras partes.
- Cada Cámara llevará un diario de sus sesiones y lo
publicará de tiempo en tiempo a excepción de aquellas partes que a su juicio
exijan reserva, y los votos afirmativos y negativos de sus miembros con
respecto a cualquier cuestión se harán constar en el diario, a petición de la
quinta parte de los presentes.
- Durante el período de sesiones del Congreso ninguna
de las Cámaras puede suspenderlas por mas de tres días ni acordar que se
celebrarán en lugar diverso de aquel en que se reunen ambas Cámaras sin el
consentimiento de la otra.
Sexta Sección
- Los senadores y representantes recibirán por sus
servicios una remuneración que será fijada por la ley y pagada por el tesoro
de los EE.UU. En todos los casos, exceptuando los de traición, delito grave y
perturbación del orden publico, gozarán del privilegio de no ser arrestados
durante el tiempo que asistan a las sesiones de sus respectivas Cámaras, así
como al ir a ellas o regresar de las mismas, y no podrán ser objeto en ningún
otro sitio de inquisición alguna con motivo de cualquier discusión o debate en
una de las Cámaras.
- A ningún senador ni representante se le nombrará,
durante el tiempo por el cual haya sido elegido, para ocupar cualquier empleo
civil que dependa de los Estados Unidos, que haya sido creado o cuyos
emolumentos hayan sido aumentados durante dicho tiempo, y ninguna persona que
ocupe un cargo de los Estados Unidos podrá formar parte de las Cámaras
mientras continue en funciones.
Séptima Sección
- Todo proyecto de ley que tenga por objeto la
obtención de ingresos deberá proceder primeramente de la Cámara de
Representantes; pero el Senado podrá proponer reformas o convenir en ellas de
la misma manera que tratandose de otros proyectos.
- Todo proyecto aprobado por la Cámara de
Representantes y el Senado se presentará al Presidente de los Estados Unidos
antes de que se convierta en ley; si lo aprobare lo firmará; en caso contrario
lo devolverá, junto con sus objeciones, a la Cámara de su origen, la que
insertará integras las objeciones en su diario y procederá a reconsiderarlo.
Si después de dicho nuevo exámen las dos terceras partes de esa Cámara se
pusieren de acuerdo en aprobar el proyecto, se remitirá, acompañado de las
objeciones, a la otra Cámara, por la cual será estudiado también nuevamente y,
si lo aprobaren los dos tercios de dicha Cámara, se convertirá en ley. Pero en
todos los casos de que se habla, la votación de ambas Cámaras será nominal y
los nombres de las personas que voten en pro o en contra del proyecto se
asentarán en el diario de la Cámara que corresponda. Si algun proyecto no
fuera devuelto por el Presidente dentro de 10 días (descontando los domingos)
después de haberle sido presentado, se convertirá en ley, de la misma manera
que si lo hubiera firmado, a menos de que al suspender el Congreso sus
sesiones impidiera su devolución, en cuyo caso no será ley.
- Toda orden, resolución o votación para la cual sea
necesaria la concurrencia del Senado y la Cámara de Representantes (salvo en
materia de suspensión de las sesiones), se presentará al Presidente de los
Estados Unidos y no tendrá efecto antes de ser aprobada por el o de ser
aprobada nuevamente por dos tercios del Senado y de la Cámara de
Representantes, en el caso de que la rechazare, de conformidad con las reglas
y limitaciones prescritas en el caso de un proyecto de ley.
Octava Sección
- El Congreso tendra facultad: Para establecer y
recaudar contribuciones, impuestos, derechos y consumos; para pagar las deudas
y proveer a la defensa común y bienestar general de los Estados Unidos; pero
todos los derechos, impuestos y consumos serán uniformes en todos los Estados
Unidos.
- Para contraer empréstitos a cargo de creditos de los
Estados Unidos.
- Para reglamentar el comercio con las naciones
extranjeras, entre los diferentes Estados y con las tribus indias.
- Para establecer un régimen uniforme de naturalización
y leyes uniformes en materia de quiebra en todos los Estados Unidos.
- Para acuñar monedas y determinar su valor, así como
el de la moneda extranjera. Fijar los patrones de las pesas y medidas.
- Para proveer lo necesario al castigo de quienes
falsifiquen los títulos y la moneda corriente de los Estados Unidos.
- Para establecer oficinas de correos y caminos de
posta.
- Para fomentar el progreso de la ciencia y las artes
útiles, asegurando a los autores e inventores, por un tiempo limitado, el
derecho exclusivo sobre sus respectivos escritos y descubrimientos.
- Para crear tribunales inferiores al Tribunal Supremo.
- Para definir y castigar la pirateria y otros delitos
graves cometidos en alta mar y violaciones al derecho internacional.
- Para declarar la guerra, otorgar patentes de corso y
represalias y para dictar reglas con relación a las presas de mar y tierra.
- Para reclutar y sostener ejercitos, pero ninguna
autorización presupuestaria de fondos que tengan ese destino será por un plazo
superior a dos años.
- Para habilitar y mantener una armada.
- Para dictar reglas para el gobierno y ordenanza de
las fuerzas navales y terrestres.
- Para disponer cuando debe convocarse a la milicia
nacional con el fin de hacer cumplir las leyes dela Unión, sofocar las
insurrecciones y rechazar las invasiones.
- Para proveer lo necesario para organizar, armar y
disciplinar a la milicia nacional y para gobernar aquella parte de esta que se
utilice en servicio de los Estados Unidos; reservandose a los Estados
correspondientes el nombramiento de los oficiales y la facultad de instruir
conforme a la disciplina prescrita por el Congreso.
- Para legislar en forma exclusiva en todo lo referente
al Distrito (que no podrá ser mayor que un cuadrado de 10 millas por lado) que
se convierta en sede del gobierno de los Estados Unidos, como consecuencia de
la cesion de algunos Estados en que se encuentren situados, para la
construcción de fuertes, almacenes, arsenales, astilleros y otros edificios
necesarios.
- Para expedir todas las leyes que sean necesarias y
convenientes para llevar a efecto los poderes anteriores y todos los demás que
esta Constitución confiere al gobierno de los Estados Unidos o cualquiera de
sus departamentos o funcionarios.
Novena Sección
- El Congreso no podrá prohibir antes del año de mil
ochocientos ocho la inmigración o importación de las personas que cualquiera
de los Estados ahora existentes estime oportuno admitir, pero puede imponer
sobre dicha importación una contribución o derecho que no pase de 10 dólares
por cada persona.
- El privilegio del habeas corpus no se suspendera,
salvo cuando la seguridad pública lo exija en los casos de rebelión o
invasión.
- No se aplicarán decretos de proscripción ni leyes ex
post facto.
- No se establecerá ningún impuesto directo ni de
capitación, como no sea proporcionalmente al censo o recuento que antes se
ordeno practicar.
- Ningún impuesto o derecho se establecerá sobre los
artículos que se exporten de cualquier Estado.
- Los puertos de un Estado no gozarán de preferencia
sobre los de ningún otro a virtud de reglamentación alguna mercantil o fiscal;
tampoco las embarcaciones que se dirijan a un Estado o procedan de él estarán
obligadas a ingresar por algun otro, despachar en el sus documentos o cubrirle
derechos.
- Ninguna cantidad podrá extraerse del tesoro si no es
como consecuencia de asignaciones autorizadas por la ley, y de tiempo en
tiempo deberá publicarse un estado y cuenta ordenados de los ingresos y gastos
del tesoro.
- Los Estados Unidos no concederán ningún título de
nobleza y ninguna persona que ocupe un empleo remunerado u honorífico que
dependa de ellos aceptará ningún regalo, emolumento, empleo o título, sea de
la clase que fuere, de cualquier monarca, principe o Estado extranjero, sin
consentimiento del Congreso.
Décima Sección
- Ningún Estado celebrará tratado, alianza o
confederación algunos; otorgará patentes de corso y represalias; acuñara
moneda, emitirá papel moneda, legalizará cualquier cosa que no sea la moneda
de oro y plata como medio de pago de las deudas; aprobará decretos por los que
se castigue a determinadas personas sin que preceda juicio ante los
tribunales, leyes ex post facto o leyes que menoscaben las obligaciones que
derivan de los contratos, ni concederá título alguno de nobleza.
- Sin el consentimiento del Congreso ningún Estado
podrá imponer derechos sobre los artículos importados o exportados, cumplir
sus leyes de inspección, y el producto neto de todos los derechos e impuestos
que establezcan los Estados sobre las importaciones y exportaciones se
aplicará en provecho del tesoro de los Estados Unidos; y todas las leyes de
que se trata estarán sujetas a la revisión y vigilancia del Congreso.
- Sin dicho consentimiento del Congreso ningún Estado
podrá establecer derechos de tonelaje, mantener tropas o navíos de guerra en
tiempo de paz, celebrar convenio o pacto alguno con otro Estado o con una
potencia extranjera, o hacer la guerra, a menos de ser invadido realmente o de
hallarse en peligro tan inminente que no admita demora.
ARTICULO DOS
Primera Sección
- Se deposita el poder ejecutivo en un Presidente de
los Estados Unidos. Desempeñara su encargo durante un término de cuatro años
y, juntamente con el Vicepresidente designado para el mismo período, será
elegido como sigue:
- Cada Estado nombrará, del modo que su legislatura
disponga, un número de electores igual al total de los senadores y
representantes a que el Estado tenga derecho en el Congreso, pero ningún
senador, ni representante, ni persona que ocupe un empleo honorífico o
remunerado de los Estado Unidos podrá ser designado como elector. (Los
electores se reunirán en sus respectivos Estados y votarán mediante cedulas en
favor de dos personas, una de las cuales,cuando menos, no deberá ser habitante
del mismo Estado que ellos. Formarán una lista de todas las personas que hayan
obtenido sufragios y del número de votos correspondientes a cada una, la cual,
firmarán, certificarán y remitirán sellada a la Sede del Gobierno de los
Estados Unidos, dirigida al Presidente del Senado. El Presidente del Senado
abrirá todos los certificados en presencia del Senado y de la Cámara de
Representantes, después de lo cual se contarán los votos. La persona que
obtenga el número mayor de votos será Presidente, siempre que dicho número
represente la mayoría de todos los electores nombrados, y si hubiere mas de
uno que tenga esa mayoría y que cuente con igual número de votos, entonces la
Cámara de Representantes elegirá a uno de ellos inmediatamente para
Presidente, votando por cedulas, y si ninguna persona tuviere mayoría entonces
la referida Cámara elegirá al Presidente de la misma manera entre los cinco
nombres con mayor número de votos enla lista. Téngase presente que al elegir
al Presidente la votación se hará por Estados y que la representación de cada
Estado gozará de un voto; que para este objeto habrá quórum cuando estén
presentes el miembro o los miembros que representen a los dos tercios de los
Estados y que será necesaria mayoría de todos los Estados para que se tenga
por hecha la elección. En todos los casos, y una vez elegido el Presidente, la
persona que reuna mayor número de votos de los electores será Vicepresidente.
Pero si quedaren dos o más con el mismo número de votos, el Senado escogerá de
entre ellos al Vicepresidente, votando por celulas). (Ver Enmienda XII)
- El Congreso podrá fijar la época de designación de
los electores, así como el día en que deberan emitir sus votos, el cual deberá
ser el mismo en todos los Estados Unidos.
- Solo las personas que sean ciudadanos por nacimiento
o que hayan sido ciudadanos de los Estados Unidos al tiempo de adoptarse esta
Constitución, serán elegibles para el cargo de Presidente; tampoco será
elegible una persona que no haya cumplido 35 años de edad y que no haya
residido 14 años en los Estados Unidos.
- En caso de que el Presidente sea separado de su
puesto, de que muera, renuncie o se incapacite para dar cumplimiento a los
poderes y deberes del referido cargo, este pasará al Vicepresidente y el
Congreso podrá preveer por medio de una ley el caso de separación, muerte,
renuncia o incapacidad, tanto del Presidente como del Vicepresidente, y
declarar que funcionario fungirá como Presidente hasta que desaparezca la
causa de incapacidad o se elija un Presidente.
- El Presidente recibirá una remuneración por sus
servicios, en las épocas que se determinarán, la cual no podrá ser aumentada
ni disminuida durante el período para el cual haya sido designado y no podrá
recibir durante ese tiempo ningún otro emolumento de parte de los Estados
Unidos o de cualquiera de estos.
- Antes de entrar a desempeñar su cargo prestará el
siguiente juramento o protesta: "Juro (o protesto) solemnemente que
desempeñaré legalmente el cargo de Presidente de los Estados Unidos y que
sostendré, protegeré y defenderé la Constitución de los Estados Unidos,
empleando en ello el máximo de mis facultades".
Segunda Sección
- El Presidente será comandante en jefe del ejercito y
la marina de los Estados Unidos y de la milicia de los diversos Estados cuando
se la llame al servicio activo de los Estados Unidos; podrá solicitar la
opinión por escrito del funcionario principal de cada uno de los departamentos
administrativos con relación a cualquier asunto que se relacione con los
deberes de sus respectivos empleos, y estará facultado para suspender la
ejecución de las sentencias y para conceder indultos tratándose de delitos
contra los Estados Unidos, excepto en los casos de acusación por
responsabilidades oficiales.
- Tendrá facultad, con el consejo y consentimiento del
Senado, para celebrar tratados, con tal de que den su anuencia dos tercios de
los senadores presentes, y propondrá y, con el consejo y sentimiento del
Senado, nombrará a los embajadores, los demás ministros públicos y los
cónsules, los magistrados del Tribunal Supremo y a todos los demás
funcionarios de los Estados Unidos a cuya designación no provea este documento
en otra forma y que hayan sido establecidos por ley. Pero el Congreso podrá
atribuir el nombramiento de los funcionarios inferiores que considere
convenientes, por medio de una ley, al Presidente solo, a los tribunales
judiciales o a los jefes de los departamentos.
- El Presidente tendrá el derecho de cubrir todas
las vacantes que ocurrán durante el receso del Senado, extendiendo
nombramientos provisionales que terminarán al final del siguiente período de
sesiones.
Tercera Sección
Periódicamente deberá proporcionar al Congreso informes
sobre el estado de la Unión, recomendando a su consideración
las medidas que estime necesarias y oportunas; en ocasiones de carácter
extraordinario podrá convocar a ambas Cámaras o a cualquiera
de ellas, y en el supuesto de que discrepen en cuanto a la fecha en que
deban entrar en receso, podrá suspender sus sesiones, fijandoles
para que las reanuden la fecha que considere conveniente; recibirá
a los embajadores y otros ministros públicos; cuidará de
que las leyes se ejecuten puntualmente y extenderá los despachos
de todos los funcionarios de los Estados Unidos.
Cuarta Sección
El Presidente, el Vicepresidente y todos los funcionarios civiles de
los Estados Unidos serán separados de sus puestos al ser acusados
y declarados culpables de traición, cohecho u otros delitos y faltas
graves.
ARTICULO TRES
Primera Sección
Se depositará el poder judicial de los Estados Unidos en un Tribunal Supremo y en los tribunales inferiores que el Congreso instituya y establezca en lo sucesivo. Los jueces, tanto del Tribunal
Supremo como de los inferiores, continuarán en sus funciones mientras
observen buena conducta y recibirán en periodos fijos, una remuneración
por sus servicios que no será disminuida durante el tiempo de su
encargo.
Segunda Sección
- El Poder Judicial entenderá en todas las
controversias, tanto de derecho escrito como de equidad, que surjan como
consecuencia de esta Constitución, de las leyes de los Estados Unidos y de los
tratados celebrados o que se celebren bajo su autoridad; en todas las
controversias que se relacionen con embajadores, otros ministros públicos y
cónsules; en todas las controversias de la jurisdicción de almirantazgo y
marítima; en las controversias en que sean parte los Estados Unidos; en las
controversias entre dos o mas Estados, entre un Estado y los ciudadanos de
otro, entre ciudadanos de Estados diferentes, entre ciudadanos del mismo
Estado que reclamen tierras en virtud de concesiones de diferentes Estados y
entre un Estado o los ciudadanos del mismo y Estados, ciudadanos o subditos
extranjeros.
- En todos los casos relativos a embajadores, otros
ministros públicos y consules, así como en aquellos en que sea parte un
Estado, el Tribunal Supremo poseerá jurisdicción en única instancia. En todos
los demás casos que antes se mencionaron el Tribunal Supremo conocerá en
apelación, tanto del derecho como de los hechos, con las excepciones y con
arreglo a la reglamentación que formule el Congreso.
- Todos los delitos serán juzgados por medio de un
jurado excepto en los casos de acusación por responsabilidades oficiales, y
el juicio de que se habla tendrá lugar en el Estado en que el delito se haya
cometido; pero cuando no se haya cometido dentro de los límites de ningún
Estado, el juicio se celebrará en el lugar o lugares que el Congreso haya
dispuesto por medio de una ley.
Tercera Sección
- La traición contra los Estados Unidos sólo consistirá
en hacer la guerra en su contra o en unirse a sus enemigos, impartiéndoles
ayuda y protección. A ninguna persona se le condenará por
traición si no es sobre la base de la declaración de los
testigos que hayan presenciado el mismo acto perpetrado abiertamente o
de una confesión en sesión pública de un tribunal.
- El Congreso estará facultado para fijar la pena que
corresponda a la traición; pero ninguna sentencia por causa de traición
podrá privar del derecho de heredar o de transmitir bienes por herencia, ni
producirá la confiscación de sus bienes más que en vida de la persona
condenada.
ARTICULO CUARTO
Primera Sección
Se dará entera fe y crédito en cada Estado a los actos
públicos, registros y procedimientos judiciales de todos los demás.
Y el Congreso podrá prescribir, mediante leyes generales, la forma
en que dichos actos, registros y procedimientos se probarán y el
efecto que producirán.
Segunda Sección
- Los ciudadanos de cada Estado tendrán derecho en los
demás a todos los privilegios e inmunidades de los ciudadanos de estos.
- La persona acusada en cualquier Estado por traición,
delito grave u otro crimen, que huya de la justicia y fuere hallada en otro
Estado, será entregada, al solicitarlo así la autoridad ejecutiva del Estado
del que se haya fugado, con el objeto de que sea conducida al Estado que posea
jurisdicción sobre el delito.
- Las personas obligadas a servir o laborar en un
Estado, con arreglo a las leyes de éste, que escapen a otros, no quedarán
liberadas de dichos servicios o trabajo a consecuencia de cualesquiera leyes
o reglamentos del segundo, sino que serán entregadas al reclamarlo la parte
interesada a quien se deba tal servicio o trabajo.
Tercera Sección
- El Congreso podrá admitir nuevos Estados a la Unión,
pero ningún nuevo Estado podrá formarse o erigirse dentro de los limites de
otro Estado, ni un Estado constituirse mediante la reunión de dos o más
Estados o partes de Estados, sin el consentimiento de las legislaturas de los
Estados en cuestión, así como del Congreso.
- El Congreso tendrá facultad para ejecutar actos
de disposición y para formular todos los reglamentos y reglas que sean
precisos con respecto a las tierras y otros bienes que pertenezcan a los
Estados Unidos, y nada de lo que esta Constitución contiene se interpretará
en un sentido que cause perjuicio a los derechos aducidos por los Estados
Unidos o por cualquier Estado individual.
Cuarta Sección
Los Estados Unidos garantizarán a todo Estado comprendido en
esta Unión una forma republicana de gobierno y protegerán
a cada uno en contra de invasiones, así como contra los disturbios
internos, cuando lo soliciten la legislatura o el ejecutivo (en caso de
que no fuese posible reunir a la legislatura).
ARTICULO CINCO
Siempre que las dos terceras partes de ambas Cámaras lo juzguen
necesario, el Congreso propondrá enmiendas a esta Constitución,
o bien, a solicitud de las legislaturas de los dos tercios de los distintos
Estados, convocará una convención con el objeto de que proponga
enmiendas, las cuales, en uno y otro caso, poseerán la misma validez
que si fueran parte de esta Constitución, desde todos los puntos
de vista y para cualesquiera fines, una vez que hayan sido ratificadas
por las legislaturas de las tres cuartas partes de los Estados separadamente
o por medio de convenciones reunidas en tres cuartos de los mismos, según
que el Congreso haya propuesto uno u otro modo de hacer la ratificación,
y a condición de que antes del año de mil ochocientos ocho
no podrá hacerse ninguna enmienda que modifique en cualquier forma
las clausulas primera y cuarta de la sección novena del artículo
primero y de que a ningún Estado se le privará, sin su consentimiento,
de la igualdad de voto en el Senado.
ARTICULO SEIS
- Todas las deudas contraidas y los compromisos
adquiridos antes de la adopción de esta Constitución serán tan válidos en
contra de los Estados Unidos bajo el imperio de esta Constitución, como bajo
el de la Confederación.
- Esta Constitución, y las leyes de los Estados Unidos
que se expidan con arreglo a ella, y todos los tratados celebrados o que se
celebren bajo la autoridad de los Estados Unidos, serán la suprema ley del
país y los jueces de cada Estado estarán obligados a observarlos, a pesar de
cualquier cosa en contrario que se encuentre en la Constitución o las leyes de
cualquier Estado.
- Los Senadores y representantes ya mencionados,
los miembros de las distintas legislaturas locales y todos los funcionarios
ejecutivos y judiciales, tanto de los Estados Unidos como de los diversos
Estados, se obligarán mediante juramento o protesta a sostener esta
Constitución; pero nunca se exigirá una declaración religiosa como condición
para ocupar ningún empleo o mandato público de los Estados Unidos.
ARTICULO SIETE
La ratificación por las convenciones de nueve Estados bastará
para que esta Constitución entre en vigor por lo que respecta a
los Estados que la ratifiquen.
Dado en la convención, por
consentimiento unánime de los Estados presentes, el día 17 de septiembre del año
de Nuestro Señor de mil setecientos ochenta y siete y duodécimo de la
Independencia de los Estados Unidos de América.
ENMIENDAS
Las
diez primeras enmiendas (Bill of Rights) fueron ratifiacadas efectivamente en
Diciembre 15, 1791.
ENMIENDA UNO
El Congreso no hará ley alguna por la que adopte una religión
como oficial del Estado o se prohiba practicarla libremente, o que coarte
la libertad de palabra o de imprenta, o el derecho del pueblo para reunirse
pacíficamente y para pedir al gobierno la reparación de agravios.
ENMIENDA DOS
Siendo necesaria una milicia bien ordenada para la seguridad de un Estado
Libre, no se violará el derecho del pueblo a poseer y portar armas.
ENMIENDA TRES
En tiempo de paz a ningún militar se le alojará en casa
alguna sin el consentimiento del propietario; ni en tiempo de guerra, como
no sea en la forma que prescriba la ley.
ENMIENDA CUATRO
El derecho de los habitantes de que sus personas, domicilios, papeles
y efectos se hallen a salvo de pesquisas y aprehensiones arbitrarias, será
inviolable, y no se expedirán al efecto mandamientos que no se apoyen
en un motivo verosimil, estén corroborados mediante juramento o
protesta y describan con particularidad el lugar que deba ser registrado
y las personas o cosas que han de ser detenidas o embargadas.
ENMIENDA CINCO
Nadie estará obligado a responder de un delito castigado con
la pena capital o con otra infamante si un grán jurado no lo denuncia
o acusa, a excepción de los casos que se presenten en las fuerzas
de mar o tierra o en la milicia nacional cuando se encuentre en servicio
efectivo en tiempo de guerra o peligro público; tampoco se pondrá
a persona alguna dos veces en peligro de perder la vida o algún
miembro con motivo del mismo delito; ni se le compelera a declarar contra
sí misma en ningún juicio criminal; ni se le privará
de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal; ni
se ocupará la propiedad privada para uso público sin una
justa indemnización.
ENMIENDA SEIS
En toda causa criminal, el acusado gozará del derecho de ser
juzgado rápidamente y en público por un jurado imparcial
del distrito y Estado en que el delito se haya cometido, Distrito que deberá
haber sido determinado previamente por la ley; así como de que se
le haga saber la naturaleza y causa de la acusación, de que se le
caree con los testigos que depongan en su contra, de que se obligue a comparecer
a los testigos que le favorezcan y de contar con la ayuda de un abogado
que lo defienda.
ENMIENDA SIETE
El derecho a que se ventilen ante un jurado los juicios de derecho consuetudinario
en que el valor que se discuta exceda de veinte dólares, será
garantizado, y ningún hecho de que haya conocido un jurado será
objeto de nuevo exámen en tribunal alguno de los Estados Unidos,
como no sea con arreglo a las normas del derecho consuetudinario.
ENMIENDA OCHO
No se exigirán fianzas excesivas, ni se impondrán multas
excesivas, ni se infligirán penas crueles y desusadas.
ENMIENDA NUEVE
No por el hecho de que la Constitución enumera ciertos derechos
ha de entenderse que niega o menosprecia otros que retiene el pueblo.
ENMIENDA DIEZ
Los poderes que la Constitución no delega a los Estados Unidos
ni prohibe a los Estados, queda reservados a los Estados repectivamente
o al pueblo.
ENMIENDA ONCE (febrero 7,
1795)
El poder judicial de los Estados Unidos no debe interpretarse que se
extiende a cualquier litigio de derecho estricto o de equidad que se inicie
o prosiga contra uno de los Estados Unidos por ciudadanos de otro Estado
o por ciudadanos o súbditos de cualquier Estado extranjero.
ENMIENDA DOCE (junio 15, 1804)
Los electores se reunirán en sus respectivos Estados y votarán
mediante cedulas para Presidente y Vicepresidente, uno de los cuales, cuando
menos, no deberá ser habitante del mismo Estado que ellos; en sus cédulas indicarán la persona a favor
de la cual votan para Presidente y en cedulas diferentes la persona que eligen
para Vicepresidente, y formarán listas separadas de todas las
personas que reciban votos para Presidente y de todas las personas a cuyo
favor se vote para Vicepresidente y del número de votos que corresponda
a cada una, y firmarán y certificarán las referidas listas
y las remitirán selladas a la sede de gobierno de los Estados Unidos,
dirigidas al presidente del Senado; el Presidente del Senado abrirá
todos los certificados en presencia del Senado y de la Cámara de
Representantes, después de lo cual se contarán los votos;
la persona que tenga el mayor número de votos para Presidente será
Presidente, siempre que dicho número represente la mayoría
de todos los electores nombrados, y si ninguna persona tiene mayoría,
entonces la Cámara de Representantes, votando por cedulas, escogerá
inmediatamente el Presidente de entre las tres personas que figuren en
la lista de quienes han recibido sufragio para Presidente y cuenten con
más votos. Téngase presente que al elegir al Presidente la
votación se hará por Estados y que la representación
de cada Estado gozará de un voto; que para este objeto habrá
quórum cuando estén presentes el miembro o los miembros que representen a los dos tercios de los Estados y que
será necesaria mayoría de todos los Estados para que se tenga
por hecha la elección. Y si la Cámara de Representantes no
eligiere Presidente, en los casos en que pase a ella el derecho de escogerlo,
antes del día cuatro de marzo inmediato siguiente, entonces el Vicepresidente
actuará como Presidente, de la misma manera que en el caso de muerte
o de otro impedimento constitucional del Presidente.
La persona que obtenga el mayor número de votos para Vicepresidente será Vicepresidente, siempre que dicho número represente la mayoría de todos los electores nombrados,
y si ninguna persona reune la mayoría, entonces el Senado escogerá
al Vicepresidente entre las dos con mayor cantidad de votos que figurán
en la lista; para este objeto habrá quórum con las dos terceras
partes del número total de senadores y será necesaria la
mayoría del número total para que la elección se tenga
por hecha.
Pero ninguna persona inelegible para el cargo de Presidente con
arreglo a la Constitución será elegible para el de Vicepresidente
de los Estados Unidos.
ENMIENDA TRECE (diciembre 6,
1865)
- Ni en los Estados Unidos ni en ningún lugar sujeto a
su jurisdicción habrá esclavitud ni trabajo forzado, excepto como castigo de
un delito del que el responsable haya quedado debidamente convicto.
- El Congreso estará facultado para hacer cumplir
este artículo por medio de leyes apropiadas.
ENMIENDA CATORCE (julio 9,
1868)
- Todas las personas nacidas o naturalizadas en los
Estados Unidos y sometidas a su jurisdicción son ciudadanos de los Estados
Unidos y de los Estados en que residen. Ningun Estado podrá dictar ni dar
efecto a cualquier ley que limite los privilegios o inmunidades de los
ciudadanos de los Estados Unidos; tampoco podrá Estado alguno privar a
cualquier persona de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso
legal; ni negar a cualquier persona que se encuentre dentro de sus limites
jurisdiccionales la protección de las leyes, igual para todos.
- Los representantes se distribuirán proporcionalmente
entre los diversos Estados de acuerdo con su población respectiva, en la que
se tomará en cuenta el número total de personas que haya en cada Estado, con
excepción de los indios que no paguen contribuciones. Pero cuando a los
habitantes varones de un Estado que tengan veintiún años de edad y sean
ciudadanos de los Estados Unidos se les niegue o se les coarte en la forma que
sea el derecho de votar en cualquier elección en que se trate de escoger a los
electores para Presidente y Vicepresidente de los Estados Unidos, a los
representantes del Congreso, a los funcionarios ejecutivos y judiciales de un
Estado o a los miembros de su legislatura, excepto con motivo de su
participación en una rebelión o en algun otro delito, la base de la
representación de dicho Estado se reducirá en la misma proporción en que se
halle el número de los ciudadanos varones a que se hace referencia, con el
número total de ciudadanos varones de veintiún años del repetido Estado.
- Las personas que habiendo prestado juramento
previamente en calidad de miembros del Congreso, o de funcionarios de los
Estados Unidos, o de miembros de cualquier legislatura local, o como
funcionarios ejecutivos o judiciales de cualquier Estado, de que sostendrían
la Constitución de los Estados Unidos, hubierán participado de una
insurrección o rebelión en contra de ella o proporcionando ayuda o protección
a sus enemigos no podrán ser senadores o representantes en el Congreso, ni
electores del Presidente o Vicepresidente, ni ocupar ningún empleo civil o
militar que dependa de los Estados Unidos o de alguno de los Estados. Pero el
Congreso puede derogar tal interdicción por el voto de los dos tercios de cada
Cámara.
- La validez de la deuda pública de los Estados Unidos
que este autorizada por la ley, inclusive las deudas contraidas para el pago
de pensiones y recompensas por servicios prestados al sofocar insurrecciones o
rebeliones, será incuestionable. Pero ni los Estados Unidos ni ningún Estado
asumirán ni pagarán deuda u obligación alguna contraidas para ayuda de
insurrecciones o rebeliones contra los Estados Unidos, como tampoco
reclamación alguna con motivo de la pérdida o emancipación de esclavos, pues
todas las deudas, obligaciones y reclamaciones de esa especie se considerarán
ilegales y nulas.
- El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir
las disposiciones de este artículo por medio de leyes apropiadas.
ENMIENDA QUINCE (febrero 3,
1870)
- Ni los Estados Unidos, ni ningún otro Estado, podrán
desconocer ni menoscabar el derecho de sufragio de los ciudadanos de los
Estados Unidos por motivo de raza, color o de su condición anterior de
esclavos.
- El Congreso estara facultado para hacer cumplir
este artículo mediante leyes apropiadas.
ENMIENDA DIECISEIS (febrero 3,
1913)
El Congreso tendrá facultades para establecer y recaudar impuestos
sobre los ingresos, sea cual fuere la fuente de que provengan, sin prorratearlos
entre los diferentes Estados y sin atender a ningún censo o recuento.
ENMIENDA
DIECISIETE (abril 8, 1913)
- El Senado de los Estados Unidos se compondrá de dos
senadores por cada Estado, elegidos por los habitantes del mismo por seis
años, y cada senador dispondrá de un voto. Los electores de cada Estado
deberán poseer las condiciones requeridas para los electores de la rama mas
numerosa de la legislatura local.
- Cuando ocurrán vacantes en la representación de
cualquier Estado en el Senado, la autoridad ejecutiva de aquel expedirá un
decreto en que convocará a elecciones con el objeto de cubrir dichas vacantes,
en la inteligencia de que la legislatura de cualquier Estado puede autorizar a
su Ejecutivo a hacer un nombramiento provisional hasta tanto que las vacantes
se cubrán mediante elecciones populares en la forma que disponga la
legislatura.
- No deberá entenderse que esta enmienda influye
sobre la elección o período de cualquier senador elegido antes de que adquiera
validez como parte integrante de la Constitución.
ENMIENDA
DIECIOCHO (enero 16, 1919)
- Un año después de la ratificación de este artículo
quedará prohibida por el presente la fabricación, venta o transporte de
licores embriagantes dentro de los Estados Unidos y de todos los territorios
sometidos a su jurisdicción, así como su importación a los mismos o su
exportación de ellos, con el proposito de usarlos como bebidas.
- El Congreso y los diversos Estados poseerán
facultades concurrentes para hacer cumplir este artículo mediante leyes
apropiadas.
- Este artículo no entrara en vigor a menos de que
sea ratificado con el carácter de enmienda a la Constitución por las
legislaturas de los distintos Estados en la forma prevista por la Constitución
y dentro de los siete años siguientes a la fecha en que el Congreso lo someta
a los Estados.
ENMIENDA
DIECINUEVE (agosto 18, 1920)
- El derecho de sufragio de los ciudadanos de los
Estados Unidos no será desconocido ni limitado por los Estados Unidos o por
Estado alguno por razón de sexo.
- El Congreso estará facultado para hacer cumplir
este artículo por medio de leyes apropiadas.
ENMIENDA VEINTE (enero 23,
1933)
- Los períodos del Presidente y el Vicepresidente
terminarán al medio día del veinte de enero y los períodos de los senadores y
representantes al medio día del tres de enero, de los años en que dichos
períodos habrían terminado si este artículo no hubiera sido ratificado, y en
ese momento principiarán los períodos de sus sucesores.
- El Congreso se reunirá, cuando menos, una vez cada
año y dicho período de sesiones se iniciará al mediodía del tres de enero, a
no ser que por medio de una ley fije una fecha diferente.
- Si el Presidente electo hubiera muerto en el momento
fijado para el comienzo del período presidencial, el Vicepresidente electo
será Presidente. Si antes del momento fijado para el comienzo de su período no
se hubiere elegido Presidente o si el Presidente electo no llenare los
requisitos exigidos, entonces el Vicepresidente electo fungirá como Presidente
electo hasta que haya un Presidente idóneo, y el Congreso podrá prever por
medio de una ley el caso de que ni el Presidente electo ni el Vicepresidente
electo satisfagan los requisitos constitucionales, declarando quien hará las
veces de Presidente en ese supuesto o la forma en que se escogerá a la persona
que habrá de actuar como tal, y la referida persona actuará con ese carácter
hasta que se cuente con un Presidente o un Vicepresidente que reuna las
condiciones legales.
- El Congreso podrá preveer mediante una ley el caso de
que muera cualquiera de las personas de las cuales la Cámara de Representantes
está facultada para elegir Presidente cuando le corresponda el derecho de
elección, así como el caso de que muera alguna de las personas entre las
cuales el Senado está facultado para escoger Vicepresidente cuando pasa a el
el derecho de elegir.
- Las secciones 1 y 2 entrarán en vigor el día quince
de octubre siguiente a la ratificación de este artículo.
- Este artículo quedará sin efecto a menos de que
sea ratificado como enmienda a la Constitución por las legislaturas de las
tres cuartas partes de los distintos Estados, dentro de los siete años
posteriores a la fecha en que se les someta.
ENMIENDA VEINTIUNO (diciembre 5,
1933)
- Queda derogado por el presente el decimoctavo de los
artículos de enmienda a la Constitución de los Estados Unidos.
- Se prohibe por el presente que se transporte o
importen licores embriagantes a cualquier Estado, Territorio o posesión de los
Estados Unidos, para ser entregados o utilizados en su interior con violación
de sus respectivas leyes.
- Este artículo quedará sin efecto a menos de que
sea ratificado como enmienda a la Constitución por convenciones que se
celebrarán en los diversos Estados, en la forma prevista por la Constitución,
dentro de los siete años siguientes a la fecha en que el Congreso lo someta a
los Estados.
ENMIENDA VEINTIDOS (febrero 27,
1951)
- No se elegirá a la misma persona para el cargo de
Presidente más de dos veces, ni más de una vez a la persona que haya
desempeñado dicho cargo o que haya actuado como Presidente durante más de dos
años de un período para el que se haya elegido como Presidente a otra persona.
El presente artículo no se aplicará a la persona que ocupaba el puesto de
Presidente cuando el mismo se propuso por el Congreso, ni impedirá que la
persona que desempeñe dicho cargo o que actúe como Presidente durante el
período en que el repetido artículo entre en vigor, desempeñe el puesto de
Presidente o actúe como tal durante el resto del referido período.
- Este artículo quedará sin efecto a menos de que
las legislaturas de tres cuartas partes de los diversos Estados lo ratifiquen
como enmienda a la Constitución dentro de los siete años siguientes a la fecha
en que el Congreso los someta a los Estados.
ENMIENDA
VEINTITRES (marzo 29, 1961)
- El distrito que constituye la Sede del Gobierno de
los Estados Unidos nombrará, según disponga el Congreso:
Un número de electores para elegir al Presidente y al
Vicepresidente, igual al número total de Senadores y Representantes ante el
Congreso al que el Distrito tendría derecho si fuere un Estado, pero en ningún
caso será dicho número mayor que el del Estado de menos población; estos
electores se sumarán al número de aquellos electores nombrados por los
Estados, pero para fines de la elección del Presidente y del Vicepresidente,
serán considerados como electores nombrados por un Estado; celebrarán sus
reuniones en el Distrito y cumplirán con los deberes que se estipulan en la
Enmienda XII.
- El Congreso queda facultado para poner en vigor
este artículo por medio de legislación adecuada.
ENMIENDA
VEINTICUATRO (enero 23, 1964)
- Ni los Estados Unidos ni ningún Estado podrán denegar
o coartar a los ciudadanos de los Estados Unidos el derecho al sufragio en
cualquier elección primaria o de otra clase para Presidente o Vicepresidente,
para electores para elegir al Presidente o al Vicepresidente o para Senador o
Representante ante el Congreso, por motivo de no haber pagado un impuesto
electoral o cualquier otro impuesto.
- El Congreso queda facultado para poner en vigor
este artículo por medio de legislación adecuada.
ENMIENDA
VEINTICINCO (febrero 10, 1967)
- En caso de que el Presidente sea despuesto de su
cargo, o en caso de su muerte o renuncia, el Vicepresidente será nombrado
Presidente.
- Cuando el puesto de Vicepresidente estuviera vacante,
el Presidente nombrará un Vicepresidente que tomará posesión de su cargo al
ser confirmado por voto mayoritario de ambas Cámaras del Congreso.
- Cuando el Presidente transmitiera al Presidente pro
tempore del Senado y al Presidente de Debates de la Cámara de Diputados su
declaración escrita de que está imposibilitado de desempeñar los derechos y
deberes de su cargo, y mientras no transmitiere a ellos una declaración
escrita en sentido contrario, tales derechos y deberes serán desempeñados por
el Vicepresidente como Presidente en funciones.
- Cuando el Vicepresidente y la mayoría de los
principales funcionarios de los departamentos ejecutivos o de cualquier otro
cuerpo que el Congreso autorizara por ley trasmitieran al Presidente pro
tempore del Senado y al Presidente de Debates de la Cámara de Diputados su
declaración escrita de que el Presidente esta imposibilitado de ejercer los
derechos y deberes de su cargo, el Vicepresidente inmediatamente asumirá los
derechos y deberes del cargo como Presidente en funciones.
Por consiguiente, cuando el Presidente transmitiera al Presidente pro
tempore del Senado y al Presidente de Debates de la Cámara de Diputados
su declaración escrita de que no existe imposibilidad alguna, asumirá
de nuevo los derechos y deberes de su cargo, a menos que el Vicepresidente
y la mayoría de los funcionarios principales de los departamentos
ejecutivos o de cualquier otro cuerpo que el Congreso haya autorizado por
ley transmitieran en el término de cuatro días al Presidente
pro tempore del Senado y al Presidente de Debates de la Cámara de
Diputados su declaración escrita de que el Presidente está
imposibilitado de ejercer los derechos y deberes de su cargo. Luego entonces,
el Congreso decidirá que solución debe adoptarse, para lo
cual se reunirá en el término de cuarenta y ocho horas, si
no estuviera en sesión. Si el Congreso, en el término de
veintiún dias de recibida la ulterior declaración escrita
o, de no estar en sesión, dentro de los veintiún días
de haber sido convocado a reunirse, determinará por voto de las
dos terceras partes de ambas Cámaras que el Presidente está
imposibilitado de ejercer los derechos y deberes de su cargo, el Vicepresidente
continuará desempeñando el cargo como Presidente Actuante;
de lo contrario, el Presidente asumirá de nuevo los derechos y deberes
de su cargo.
ENMIENDA
VEINTISEIS (julio 1, 1971)
- El derecho a votar de los ciudadanos de los Estado
Unidos, de dieciocho años de edad o más, no será negado o menguado ni por los
Estados Unidos ni por ningún Estado a causa de la edad.
- El Congreso tendrá poder para hacer valer este
artículo mediante la legislación adecuada.
ENMIENDA VEINTISIETE (1992)
Ninguna ley que varme la remuneración de los servicios de los senadores y representantes
tendra efecto hasta despues de que se haya realizado una elección de representantes.
Source / Fuente:
United States International Information Programs