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Deuda pública

BOLIVIA
Artículo 150.- La deuda pública está garantizada. Todo compromiso del Estado, contraído conforme a las leyes, es inviolable.

COLOMBIA
Artículo 364.- El endeudamiento interno y externo de la Nación y de las entidades territoriales no podrá exceder si capacidad de pago. La ley regulará materia.

ECUADOR
Artículo 259.- ... No se podrá financiar gastos corrientes mediante endeudamiento público. ...

EL SALVADOR
Artículo 223.- Forman la Hacienda Pública:

  1. - Sus fondos y valores líquidos;

  2. - Sus créditos activos;

  3. - Sus bienes muebles y raíces;

  4. - Los derechos derivados de la aplicación de las leyes relativas a impuestos, tasas y demás contribuciones, así como los que por cualquier otro título le correspondan.

Son obligaciones a cargo de la Hacienda Pública, las deudas reconocidas y las que tengan origen en los gastos públicos debidamente autorizados.

Artículo 131.- Corresponde a la Asamblea Legislativa:

12º- Decretar leyes sobre el reconocimiento de la deuda pública y crear y asignar los fondos necesarios para su pago;

GUATEMALA
Artículo 238.- (Reformado) Ley Orgánica del Presupuesto. La Ley Orgánica del Presupuesto regulará:

  1. La formulación, ejecución y liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado y las normas a las que conforme esta Constitución se somete su discusión y aprobación;

  2. Los casos en que puedan transferirse fondos dentro del total asignado para cada organismo, dependencia, entidad descentralizada o autónoma. Las transferencias de partidas deberán ser notificadas de inmediato al Congreso de la República y a la Contraloría de Cuentas;

  3. El uso de economías y la inversión de cualquier superávit e ingresos eventuales;

  4. Las normas y regulaciones a que está sujeto todo lo relativo a la deuda pública interna y externa, su amortización y pago;

  5. Las medidas de control y fiscalización a las entidades que tengan fondos privativos, en lo que respecta a la aprobación y ejecución de su presupuesto;

  6. La forma y cuantía de la remuneración de todos los funcionarios y empleados públicos, incluyendo los de las entidades descentralizadas.

    Regulará específicamente los casos en los que algunos funcionarios, excepcionalmente y por ser necesario para el servicio público, percibirán gastos de representación.

    Quedan prohibidas cualesquiera otras formas de remuneración y será personalmente responsable quien las autorice;

  7. La forma de comprobar los gastos públicos.

  8. Las formas de recaudación de los ingresos públicos.

    Cuando se contrate obra o servicio que abarque dos o más años fiscales, deben provisionarse adecuadamente los fondos necesarios para su terminación en los presupuestos correspondientes.

HONDURAS
Artículo 353.- Son obligaciones financieras del estado:

  1. Las deudas legalmente contraídas para gastos corrientes o de inversión, originadas en la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos; y,

  2. Las demás deudas legalmente reconocidas por el Estado.

Artículo 356.- El Estado solamente garantiza el pago de la deuda pública, que contraigan los gobiernos constitucionales, de acuerdo con esta constitución y las leyes. Cualquier norma o acto que contravenga lo dispuesto en este Artículo, hará incurrir a los infractores en responsabilidad civil, penal y administrativa, que será imprescriptible.

Artículo 357.- Las autorizaciones de endeudamiento externo e interno del gobierno central, organismos descentralizados y gobiernos municipales que incluyan garantías y avales del Estado, serán reguladas por la ley.

NICARAGUA
Artículo 138.- Son atribuciones de la Asamblea Nacional:

PANAMÁ
Artículo 246.- Los Municipios podrán contratar empréstitos previa autorización del Organo Ejecutivo. La Ley determinará el procedimiento.

PERÚ
Artículo 75.- El Estado sólo garantiza el pago de la deuda pública contraída por gobiernos constitucionales de acuerdo con la Constitución y la ley.

Las operaciones de endeudamiento interno y externo del Estado se aprueban conforme a ley. ...

... Los municipios pueden celebrar operaciones de crédito con cargo a sus recursos y bienes propios, sin requerir autorización legal.

UNITED STATES OF AMERICA
Article. VI.

Clause 1: All Debts contracted and Engagements entered into, before the Adoption of this Constitution, shall be as valid against the United States under this Constitution, as under the Confederation.

Amendment XIV. (1868)
Section 4. The validity of the public debt of the United States, authorized by law, including debts incurred for payment of pensions and bounties for services in suppressing insurrection or rebellion, shall not be questioned. But neither the United States nor any State shall assume or pay any debt or obligation incurred in aid of insurrection or rebellion against the United States, or any claim for the loss or emancipation of any slave; but all such debts, obligations and claims shall be held illegal and void.

Section 5. The Congress shall have power to enforce, by appropriate legislation, the provisions of this article.

Constitución en Español

VENEZUELA
Artículo 312.- La ley fijará límites al endeudamiento público de acuerdo con un nivel prudente en relación con el tamaño de la economía, la inversión reproductiva y la capacidad de generar ingresos para cubrir el servicio de la deuda pública. Las operaciones de crédito público requerirán, para su validez, una ley especial que las autorice, salvo las excepciones que establezca la ley orgánica. La ley especial indicará las modalidades de las operaciones y autorizará los créditos presupuestarios correspondientes en la respectiva ley de presupuesto.

La ley especial de endeudamiento anual será presentada a la Asamblea Nacional conjuntamente con la Ley de Presupuesto.

El Estado no reconocerá otras obligaciones que las contraídas por órganos legítimos del Poder Nacional, de acuerdo con la ley.


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