Argentina Political Study Estudio Político |
Ley Orgánica de Municipios
Córdoba
LEY 8102
LEY Nº 8102/91
REGIMEN DE MUNICIPIOS Y COMUNAS
Ley: 8102
Elección y Duración del Mandato
Artículo
39º.- El Departamento Ejecutivo estará a cargo de un Intendente electo
a simple pluralidad de sufragios. Durará cuatro años en sus funciones y podrá
ser reelecto.
Requisitos
Artículo 40º.-
El Intendente deberá ser argentino, siéndole aplicables las condiciones,
inhabilidades e incompatibilidades previstas para los Concejales.
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