Soberanía nacional |
BRASIL
Art. 1.º- A República Federativa do Brasil, formada pela união indissolúvel dos Estados e
Municípios e do Distrito Federal, constitui-se em Estado democrático de direito e tem como
fundamentos:
Parágrafo único. Todo o poder emana do povo, que o exerce por meio de representantes eleitos ou diretamente, nos termos desta Constituição.
CHILE
Artículo 5.- La
soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el
pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las
autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni
individuo alguno puede atribuirse su ejercicio.
El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
COLOMBIA
Artículo 3.-
La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder
público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes,
en los términos que la Constitución establece.
COSTA RICA
Artículo 2.-
La soberanía reside exclusivamente en la Nación.
CUBA ECUADOR EL SALVADOR GUATEMALA HONDURAS MÉXICO Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de
la Unión, en los casos de la competencia de estos, y por los de los estados, en
lo que toca a sus regimenes interiores, en los terminos respectivamente
establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los
estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciónes del pacto
federal. ...
NICARAGUA Artículo 2.- La soberanía nacional reside en el pueblo y la ejerce a
través de instrumentos democráticos, decidiendo y participando libremente en la
construcción y perfeccionamento del sistema económico, político y social de la
nación. El poder político lo ejerce el pueblo, por medio de sus representantes
libremente elegidos por sufragio universal, igual, directo, libre y secreto, sin
que ninguna otra persona o reunión de personas pueda arrogarse este poder o
representación. También podrá ejercerlo de manera directa por medio del
referéndum y del plebiscito y otros procedimientos que establezcan la presente
Constitución y las leyes.
Artículo 3.- La lucha por la paz y por el establecimiento de un orden
internacional justo, son compromisos irrenunciables de la nación nicaragüense.
Por ello nos oponemos a todas las formas de dominación y explotación
colonialista e imperialista y somos solidarios con todos los pueblos que luchan
contra la opresión y la discriminación.
PANAMÁ PARAGUAY Artículo 155.- DEL TERRITORIO, DE LA SOBERANÍA Y DE LA
INENAJENABILIDAD PERÚ REPÚBLICA
DOMINICANA URUGUAY Artículo 3.- Jamás será el patrimonio de personas ni de familia
alguna.
Artículo 4.- La soberanía en toda su plenitud existe radicalmente en
la Nación, a la que compete el derecho exclusivo de establecer sus leyes, del
modo que más adelante se expresará.
Artículo 82.- Su soberanía será ejercida directamente por el Cuerpo
Electoral en los casos de elección, iniciativa y referéndum, e indirectamente
por los Poderes representativos que establece esta Constitución; todo conforme a
las reglas expresadas en la misma
VENEZUELA Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están
sometidos.
Artículo
3.- En la República de Cuba la soberanía reside en el pueblo, del cual
dimana todo el poder del Estado. Ese poder es ejercido directamente o por medio
de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ellas se
derivan, en la forma y según las normas fijadas por la Constitución y las leyes.
Todos los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios,
incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra
cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico
establecido por esta Constitución.
Artículo 1.-
... La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es la base de la autoridad,
que ejerce a través de los órganos del poder público y de los medios
democráticos previstos en esta Constitución. ...
Artículo 83.- El Salvador es un Estado soberano. La soberanía reside en el pueblo, que la ejerce en la forma prescrita y dentro de los límites de esta Constitución.
Artículo 141.- Soberanía. La soberanía radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La subordinación entre los mismos, es prohibida.
Artículo 2.- La soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del estado que se ejercen por representación. La suplantación de la soberanía popular y la usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de traición a la patria la responsabilidad en estos casos es imprescriptible y podrá ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano.
Artículo 39. La
soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder
público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene
en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su
gobierno.
Artículo 1.-
La independencia, la soberanía y la autodeterminación nacional son derechos
irrenunciables del pueblo y fundamentos de la nación nicaragüense. Toda
injerencia extranjera en los asuntos internos de Nicaragua o cualquier intento
de menoscabar esos derechos, atentan contra la vida del pueblo. Es deber de
todos los nicaragüenses preservar y defender estos derechos.
Artículo 2.- El
Poder Público sólo emana del pueblo. Lo ejerce el Estado conforme está
Constitución lo establece, por medio de los Organos Legislativos, Ejecutivos y
Judicial, los cuales actúan limitada y separadamente, pero en armónica
colaboración.
Artículo 2. -
DE LA SOBERANÍA
En la República del Paraguay y la
soberanía reside en el pueblo, que la ejerce, conforme con lo dispuesto en esta
Constitución.
El territorio nacional jamás podrá ser cedido,
transferido, arrendad, ni en forma alguna enajenado, aún temporalmente, a
ninguna potencia extranjera. Los Estados que mantengan relaciones diplomáticas
con la República, así como los organismos internacionales de los cuales ella
forma parte, sólo podrán adquirir los inmuebles necesarios para la sede de sus
representaciones, de acuerdo con las prescripciones de la ley. En estos casos,
quedará siempre a salvo la soberanía nacional sobre el suelo.
Artículo 45.- El
poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las
limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen. ...
Artículo 2.- La soberanía nacional
corresponde al pueblo, de quien emanan todos los poderes del Estado, los cuales
se ejercen por representación.
Artículo 2.-
Ella es y será para siempre libre e independiente de todo poder extranjero.
Artículo 5.
La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce
directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e
indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder
Público.
Argentina | Bolivia
| Brasil | Chile |
Colombia
| Costa Rica | Cuba | El Salvador | Ecuador
| Guatemala | Honduras | México
| Nicaragua
| Panamá
| Paraguay
| Perú |
República
Dominicana | United States of America |
Uruguay
| Venezuela
|
Regresar a
Comparación Constitucional Return to Constitutional Comparison |
Regresar al Inicio de la BDPA
Return to PDBA Home |