Requisitos para ser Diputado |
BOLIVIA
Artículo 61.-
Para ser Diputados se requiere:
BRASIL
Art. 14. (*)...
(*) Emenda Constitucional de Revisão Nº 4, de 1994
(*) Emenda Constitucional Nº 16, de 1997
CHILE
Artículo 44.- Para ser elegido diputado
se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio, tener cumplidos veintiún años
de edad, haber cursado la Enseñanza Media o equivalente y tener residencia en la
región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo
no inferior a dos años, contando hacia atrás desde el día de la elección.
COLOMBIA
Artículo 177.-
Para ser elegido representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener
más de veinticinco años de edad en la fecha de la elección.
COSTA RICA
Artículo
108.- Composición del Congreso y reglamentos de sesiones ordinarias.
ECUADOR
Artículo
127.- Composición del Congreso y reglamentos de sesiones ordinarias.
MÉXICO
Artículo 55.
Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:
I. Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.NICARAGUAII. Tener veint y un años cumplidos el día de la elección;
III. Ser originario del estado en que se haga la elección; o vecino de el con residencia efectiva de mas de seis meses anteriores a la fecha de ella.
Para poder figurar en las listas de las circunscripciones electorales plurinominales como candidato a diputado, se requiere ser originario de alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción en la que se realice la elección, o vecino de ella con residencia efectiva de mas de seis meses anteriores a la fecha en que la misma se celebre. La vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos publicos de elección popular;
IV. No estar en servicio activo en el ejercito federal ni tener mando en la policia o gendarmeria rural en el distrito donde se haga la elección, cuando menos noventa días antes de ella;
V. No ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni ministro de la Suprema Corte de Justicia de la nación, a menos que se separe definitivamente de sus funciones noventa días antes de la elección, en el caso de los primeros y dos años, en el caso de los ministros;
Los gobernadores de los estados no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos.
Los secretarios de gobierno de los estados, los magistrados y jueces federales o del estado, no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones si no se separan definitivamente de sus cargos noventa días antes de la elección.
VI. No ser ministro de algun culto religioso, y
VII. No estar comprendido en alguna de las incapacidades que señala el Artículo 59.
PARAGUAY
Artículo 221.- DE LA
COMPOSICIÓN
... Para se electo diputado titular o suplente se
requiere la nacionalidad paraguaya natural y haber cumplido veinticinco años.
PERÚ
Artículo
90.- Composición del Congreso y reglamentos de sesiones ordinarias.
REPÚBLICA
DOMINICANA
Artículo 25.-Para ser Diputado se requiere
las mismas condiciones que para ser Senador.
Párrafo.- Los naturalizados no podrán ser elegidos Diputados sino diez años después de haber adquirido la nacionalidad y siempre que hubieren residido dentro de la jurisdicción que los elija durante los cinco años que precedan a su elección.
UNITED STATES OF AMERICA
Composición
de la Camara de Diputados.
URUGUAY
Artículo 90.-
Para ser Representante se necesita ciudadanía natural en ejercicio, o legal con
cinco años de ejercicio, y, en ambos casos, veinticinco años cumplidos de edad.
VENEZUELA
Artículo
188.- Elección, reelección y renuncia del mandato de los legisladores
Argentina
| Bolivia
| Brasil | Chile
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| Costa
Rica | Cuba | El
Salvador | Ecuador
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| Nicaragua
| Panamá | Paraguay
| Perú
| República
Dominicana | United
States of America | Uruguay
| Venezuela
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