Republic of Colombia / República de Colombia Democracy and Citizen Security Democracia y Seguridad Ciudadana
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Departamento Administrativo de Seguridad
Estructura |
Funciones |
Dirección Dirección General de Inteligencia Dirección General Operativa (Decretos Nº 218 y 1272 de 2000 y Decreto Nº 1409 de 2002) |
1. Producir la inteligencia de Estado que requiere
el Gobierno Nacional y formular políticas del sector administrativo
en materia de inteligencia para garantizar la seguridad nacional
interna y externa del Estado colombiano. 2. Participar en el desarrollo de las polític2as diseñadas
por el Gobierno Nacional en materia de seguridad. 3. Obtener y procesar información en los ámbitos nacional
e internacional, sobre asuntos relacionados con la seguridad
nacional, con el fin de producir inteligencia de Estado, para
apoyar al Presidente de la República en la formulación de
políticas y la toma de decisiones. 4. Participar en la elaboración de la Agenda de Requerimientos
de Inteligencia de Estado propuesta por el Presidente de la
República. 5. Coordinar el intercambio de información y cooperación con
otros organismos nacionales e internacionales que cumplan
funciones afines. 6. Adelantar acciones de contrainteligencia tendientes a proteger
los intereses del Estado, frente a actividades hostiles de
origen interno o externo. 7. Realizar los estudios de seguridad y confiabilidad de los
altos funcionarios del Gobierno Nacional. 8. Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores y
demás instituciones del Estado la fijación de la Política
Migratoria. 9. Ejercer el control migratorio de nacionales y extranjeros
y llevar el registro de identificación de extranjeros. 10. Ejercer funciones de Policía Judicial, en coordinación
con la Fiscalía General de la Nación, para investigaciones
de carácter criminal, relacionadas con la naturaleza y finalidad
institucionales. 11. Llevar los registros delictivos y de identificación nacionales,
y expedir los certificados judiciales, con base en el canje
interno y en los informes o avisos que deben rendir oportunamente
las autoridades judiciales de la República. 12. Actuar como Oficina Central Nacional -OCN- de INTERPOL
en el intercambio de información, asistencia recíproca, con
arreglo a las prescripciones y estatutos de la misma. 13. Brindar seguridad al Presidente de la República y su familia,
Vicepresidente y su familia, Ministros y Expresidentes de
la República 14. Formar y especializar a los funcionarios del Departamento y aspirantes, en su Academia, y a otros funcionarios del Estado, de gobiernos extranjeros u organismos multilaterales, en desarrollo de una cultura integral de inteligencia de Estado y de cooperación internacional. |
Ultima actualización: 12 de febrero, 2007