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Procurador General de la República

Estructura

Funciones

Procurador General de la República
Procurador General Adjunto
Area de Derecho de la Función Pública
Área de Derecho Público y Ministerio Público Civil
Área de Derecho Agro Ambiental
Área de Derecho Penal
Área de Desarrollo Institucional
Notaria del Estado
Proc. Derecho Informático Jurídica
Sinalevi

Fuente: Procurador General de la República

  • Como abogado del Estado le corresponde representarlo en todo proceso judicial en el que tome parte.
  • Ejerce la función consultiva de la Administración Pública en materia jurídica. Por medio de esta función se orienta la actividad administrativa del Estado y de los demás organismos públicos, garantizando el apego al ordenamiento jurídico vigente. Ello se expresa en dictámenes vinculantes y opiniones jurídicas no vinculantes que constituyen jurisprudencia administrativa, así como en la asesoría directa a los diversos entes públicos y en un contacto permanente con las distintas esferas públicas de decisión.
  • Ejerce una labor de asesor imparcial de la Sala Constitucional contribuyendo con su criterio técnico respecto de las acciones de inconstitucionalidad, o bien consultas judiciales, que cuestionen o se refieran a actos o normas administrativas formuladas por los órganos jurisdiccionales.
  • Contribuye a velar por la protección y defensa efectiva del medio ambiente. Para ello, cuenta con potestad para interponer acciones judiciales dirigidas a restaurar ese bien jurídico, sancionar sus violaciones y reclamar las indemnizaciones procedentes.
  • Representa al Estado en los actos y contratos que deban formalizarse mediante escritura pública.
  • Intervenir en representación del Estado en las causas penales de acuerdo con lo previsto en el ordenamiento jurídico.
  • Defender en sede penal a los servidores del Estado, en los supuestos que establece su Ley Orgánica.
  • Actualiza la información normativa del Estado por medio del Sistema Nacional de Legislación Vigente (SINALEVI), sistema que brinda seguridad jurídica y que puede ser consultado por cualquier persona, pública o privada, en forma local o telemática.

Fuente: Procurador General de la República

 

Ultima actualización: 29 de agosto, 2007