Republic of Chile / República de Chile Democracy and Citizen Security Democracia y Seguridad Ciudadana


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Carabineros de Chile

Estructura

Funciones

Dirección General

  • Inspeccion General
  • Secretaría General
  • Dirección de Planificacion y Desarrollo

Sub Dirección General

  • Dirección Nacional de Logistica
  • Dirección Nacional de Seguridad y Orden Público
  • Dirección Nacional de Inteligencia
  • Dirección Nacional de Personal
    • Dirección de Salud
    • Dirección de Educación
    • Dirección de Bienestar

Dirección de Finanzas

Direccion de Justicia

Dirección de Investigacion delictual y drogas

Dirección de Fronteras y Servicio Especiales

Jefes de Zona

Unidades especializadas

  • Central de Comunicaciones de Carabineros, CENCO
  • Prefectura de Fuerzas Especiales, FF.EE.
  • Grupo de Operaciones Policiales Especiales (GOPE)
  • Sección de Investigación de Accidentes en el Tránsito (SIAT)
  • Sección de Investigaciones Policiales (SIP)
  • Sección Encargos y Búsqueda de Vehículos (SEBV)
  • Prefectura Aérea de Carabineros
  • Laboratorio de Criminalística (LABOCAR)
  • Departamento Control Drogas y Prevención Delictual (OS.7)
  • Departamento Forestal y de Medio Ambiente (OS.5)
  • Servicio de Fronteras (OS.3)
  • Departamento Investigación de Organizaciones Criminales (OS.9)
  • Subdirección de Seguridad Privada (OS.10)
  • Sección Encargos de Personas, (SEP)
  • Avanzadas Fronterizas
  • Dirección de Proteción Policial de la Familia (DIPROFAM)
  • Grupo Escolta Presidencial
  • Departamento de Protección de Personas Importantes (PPI)
  • Departamento de Cooperación Internacional

Ley Organica de Carabineros:

Artículo 1°.- Carabineros de Chile es una institución policial técnica y de carácter militar, que integra la fuerza pública y existe para dar eficacia al derecho; su finalidad es garantizar y mantener el orden público y la seguridad pública interior en todo el territorio de la República y cumplir las demás funciones que le encomiendan la Constitución y la ley. Se integrará, además, con las Fuerzas Armadas en la misión de garantizar el orden institucional de la República. Dependerá directamente del Ministerio de Defensa Nacional y se vinculará administrativamente con éste a través de la Subsecretaría de Carabineros.

Artículo 3°.- Carabineros de Chile podrá establecer los servicios policiales que estime necesarios para el cumplimiento de sus finalidades específicas, siempre que no interfiera con servicios de otras instituciones dependientes del Ministerio de Defensa Nacional.
Es misión esencial de la Institución desarrollar actividades tendientes a fortalecer su rol de policía preventiva. La investigación de los delitos que las autoridades competentes encomienden a Carabineros podrá ser desarrollada en sus laboratorios y Organismos especializados.
Lo anterior, así como la actuación del personal en el sitio del suceso, se regulará por las disposiciones legales y reglamentarias respectivas.

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"Carabineros de Chile, en cumplimiento de la misión encomendada en la Constitución, brinda seguridad a la comunidad en todo el territorio nacional mediante acciones prioritariamente preventivas, apoyadas por un permanente acercamiento a la comunidad".

"Privilegia la acción policial eficaz, eficiente, justa y transparente, enmarcada en los valores institucionales que constituyen el referente que guía la actuación de todos sus integrantes".

"Se constituye así en una organización líder en materia de seguridad, con un sólido prestigio ante la comunidad y comprometida con su tradición, doctrina y desafíos futuros".

De lo expuesto se deduce claramente que el objetivo principal de Carabineros de Chile es la función operativa, aquella para la cual se creó y de la que emanan muchos de los más sobresalientes aspectos de su doctrina y de la filosofía en que descansa el amplio contenido de su misión. De ahí, también, fluyen para la Institución desafíos concretos, uno de los cuales es actuar en íntima unión con la comunidad para potenciar aquel rol y especialmente su componente preventivo, en el cual pone su mayor énfasis.

La misión expuesta de esta forma, deja de manifiesto que Carabineros no considera a la seguridad como monopolio suyo, lo que no significa que desconozca o soslaye su liderazgo al respecto. Además, destaca sus valores propios como los únicos cauces de actuación y conducta de sus integrantes, y reafirma su merecido prestigio y los principios que ilustran su doctrina y su historia.

Ahora bien, desde la perspectiva del derecho positivo, la Constitución Política de la República define también muy acertadamente la misión institucional en su artículo 101 inciso segundo. Allí, la Carta Fundamental dispone que: "Las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública están integradas sólo por Carabineros e Investigaciones, constituyen la fuerza pública y existen para dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior, en la forma que lo determinen sus respectivas leyes orgánicas. Dependen del Ministerio encargado de la seguridad pública."


Fuente: Carabineros de Chile

 

 

Ultima actualización: 5 de abril, 2012