Democracia y Seguridad Ciudadana
República de Nicaragua


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Ministério de la Gobernación

Estructura

Funciones

Dirección Superior
División General Administrativa Financiera
División de Finanzas
División de Servicios Generales
División General Técnica
División de Fortalecimiento Institucional
División de Informática
Unidad de Adquisiciones
División General de Inspectoría Civil
División General de Proyectos, Inversiones y Cooperación Externa
División de Proyectos e Inversiones
División de Cooperación Externa
Dirección General de la Policía Nacional
Dirección General del Sistema Penitenciario
Departamento de Registro y Control de Asociaciones
Dirección General de Migración y Extranjería
Dirección General de Bomberos
Dirección General de Convivencia y Seguridad Ciudadana
Dirección Enlace para Desastres y Gestión Ambiental
Dirección de Prevención y Asistencia Social
Red Territorial (delegaciones)

Fuente: Ministerio de la Gobernación

a) El Ministro de Gobernación en representación del Presidente de la República, dirigirá, organizará, coordinará y supervisará a la Policía Nacional a través de la Dirección General de la misma, de conformidad con la Ley de la Policía Nacional.

b) Coordinar, dirigir y administrar el Sistema Penitenciario Nacional.

c) Coordinar a la Dirección General de Migración y Extranjería.

d) Supervisar el Sistema Nacional de Prevención y Extinción de incendios.

e) Inscribir los estatutos de las Personas Jurídicas sin fines lucros, administrar su registro y supervisar su funcionamiento.

f) Dirigir y coordinar a través de la Policía Nacional las actividades necesarias para garantizar el orden público, la seguridad de los ciudadanos, la prevención y persecución del delito. Informar de ello , periódica y oportunamente, al Presidente de la República.

g) Organizar Delegaciones Departamentales, cuya función será la de coordinar la actuación de las dependencias del Ministerio en el territorio. En el caso de la Policía Nacional , el Delegado Departamental de Gobernación supervisará las actuaciones de ésta en su departamento , sin perjuicio de la dependencia jerárquica, funcional u operativa de la Policía del Departamento al Director General.

h) Formular y proponer proyectos dirigidos a la Prevención del delito y apoyar en su ejecución a la instancia correspondiente.

i) Coordinar con el Ministerio de Defensa las acciones conjuntas que desarrolle la Policía y el Ejército de Nicaragua, cuando así lo haya dispuesto el Presidente de la República en Consejo de Ministros.

j) Ratificar o cancelar el funcionamiento de los Cuerpos Privados de Seguridad que extiende la Policía Nacional; supervisar y controlar el funcionamiento de estos a través de la institución Policial.

k) Supervisar los planes de estudio para la Capacitación y formación profesional de los Integrantes de la Policía Nacional.

l) Supervisar las actividades del Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano.

Fuente: Ministerio de la Gobernación

 

 

Ultima actualización: 17 de mayo, 2007