Integrado por:
Director Ejecutivo (nombrado por el Presidente)
Ministerio de la Gobernación
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
Ministerio de Educación
Ministerio de la Defensa Nacional
Consejo Superior de Salud Pública
(Decreto 153 de 2003. Ley reguladora de las actividades
relativas a las drogas. Art. 5)
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Funciones de la Comisión Nacional Antidrogas
(CNA)
La CNA será la encargada de planificar, coordinar,
supervisar y evaluar los planes, estrategias y políticas
gubernamentales encaminadas a prevenir y combatir el tráfico,
la venta y el consumo ilícito de drogas, como también
los esfuerzos de rehabilitación de personas adictas.
La CNA quien deberá aprobar los planes de trabajo
de las entidades privadas debidamente autorizadas y las
gubernamentales, cuya finalidad sea prevenir la drogadicción.
Tendrá además a su cargo la competencia para
promover, coordinar y dar seguimiento a las campañas
publicitarias que se realicen por cualquier medio, tanto
a nivel gubernamental como privadas, encaminadas a prevenir
los efectos nocivos producidos por el uso y consumo de drogas.
Funciones de los Ministerios que conforman la CNA:
Ministerio de Gobernación
El Ministerio de Gobernación a través
de la Policía Nacional Civil como órgano auxiliar
de la Administración de Justicia, y ésta,
por medio de la División Antinarcóticos; tendrá
entre otras la atribución de diseñar, dirigir
y coordinar todas las actividades y medidas que impidan
y controlen la penetración y difusión del
narcotráfico en el país.
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social,
será la institución estatal directamente responsable
de elaborar y hacer cumplir programas de tratamiento y rehabilitación
de las personas afectas a drogas, y de controlar aquellos
que estuvieren a cargo de otras instituciones legalmente
autorizadas.
Ministerio de Educación
El Ministerio de Educación, será la institución
estatal directamente responsable de elaborar, ejecutar y
supervisar programas de prevención contra el consumo
ilegal de drogas.
Ministerio de la Defensa Nacional
El Ministerio de la Defensa Nacional dentro del marco
establecido a la Fuerza Armada en el artículo 212
de la Constitución de la República, colaborará
con la CNA en lo que le fuere requerido.
Consejo Superior de Salud Pública
El Consejo tendrá las atribuciones prescritas
en el Código de Salud, su Reglamento Interno, el
Reglamento de Productos Farmacéuticos Oficiales,
el Reglamento de Especialidades Farmacéuticas, el
Reglamento de Estupefacientes y en las demás leyes
y reglamentos relativos a la materia.
(Comisión
Nacional Antidrogas)
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