Oriental Republic of Uruguay
República Oriental del Uruguay
Democracy and Citizen Security Democracia y Seguridad Ciudadana


Usted está en : Democracia y Seguridad Ciudadana / Indice / Instituciones encargadas de la seguridad ciudadana / Registro Nacional de Empresas de Seguridad


Registro Nacional de Empresas de Seguridad

Estructura

Funciones

Ministerio del Interior

  • Unidades ejecutoras
    • Secretaría de Estado
      • Inspección Nacional de Policía
      • Interpol
      • Re.Na.Em.Se
      • Centro Nacional de Rehabilitación
      • Patronato Nacional de Encarcelados y Rehabilitados
    • Direcciones Nacionales
      • Escuela Nacional de Policía
      • Asistencia Social Policial
      • Bomberos
      • Carceles y Penitenciaría
      • Identificación Civil
      • Migración
      • Prevención Social del Delito
      • Sanidad Policial
      • Información e Inteligencia
      • Policía Técnica
      • Policía Caminera
      • Trafico Ilícito de Drogas
    • Jefaturas de Policias

El Registro Nacional de Empresas Prestadoras de Servicios de Seguridad, Vigilancia y Afines (RE.NA.EM.SE.) tendrá competencia nacional y sus facultades serán las siguientes:

Informar a los efectos de tomar resolución fundada sobre la habilitación de empresas prestadoras de servicios de seguridad;
b) Tramitar la habilitación al personal de seguridad dependiente de las empresas;
c) Tramitar, inspeccionar y habilitar sistemas de seguridad bancarias, Empresas Públicas e Instituciones Financieras en general, locales, vehículos blindados y todos los medios materiales o técnicos que por las reglamentaciones sean necesarios.
d) Practicar las inspecciones de seguridad que estime pertinentes, o que se le solicitaren, efectuando los informes técnicos correspondientes;
e) Llevar el Registro de Empresas y Prestadores Privados de Seguridad y el Registro del Personal de Seguridad;
f) Sustanciar todas las actuaciones administrativas generadas por las actividades reguladas en este Decreto y demás normas vigentes o que se dictaren en la materia;
g) Proponer a la Dirección General de Secretaría la imposición de sanciones en los casos de que se infringieren las normas respectivas;
h) Informar en los expedientes de habilitación de los Centros Privados de Capacitación del personal de seguridad que autorice el Ministerio del Interior;
i) Ejercer las funciones de control, fiscalización e inspección del funcionamiento de las Empresas y Prestadores Privados de Seguridad habilitados, así como el control del personal de los mismos.- A tales efectos dispondrá las inspecciones a locales de las oficinas de las Empresas y Prestadores Privados de Seguridad e incluso de aquellos lugares donde se cumplen los servicios;
j) Proyectar y someter a consideración de las autoridades del Ministerio del Interior, los reglamentos que entienda necesarios para regular las actividades de seguridad en todos sus ámbitos de realización.
k) Proyectar y someter a consideración del Ministerio los instructivos que estime pertinentes para el desarrollo de las tareas de seguridad referidas en el presente Decreto.

De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 401/02 de fecha 22/10/02, se amplió la competencia de la Unidad Policial antes mencionada, incluyendo la misión de habilitar los Polígonos de Tiro Policiales y Civiles.

 

Ultima actualización: 30 de junio, 2007