Democracia y Seguridad Ciudadana
República Bolivariana de Venezuela


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Guardia Nacional

Estructura

Funciones

  • Comando General
  • Consejo de Generales
  • Junta Permanente de Evaluación
  • Ayudantía General
  • Dirección de Atención al Público
  • Consultoría Jurídica
  • División de Información y Relaciones Públicas
  • Cuartel General
  • Dirección de Finanzas
  • Inspectoría General
  • Estado Mayor General
  • Comando de Operaciones
  • Comando Logístico
  • Comando de las Escuelas
  • Comando de Personal

Fuente: Guardia Nacional

  1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las demás disposiciones del ordenamiento jurídico.
  2. Acatar y ejecutar los planes y políticas dictadas por la autoridad competente, para preservar, reestablecer y asegurar la seguridad ciudadana. A falta de planes o políticas, el órgano rector de la función policial deberá orientar y planificar la actividad de la función policial ejercida por este componente, con el objetivo de ser más eficaz en la protección de los ciudadanos y sus derechos.
  3. Ejercer las funciones de órgano de investigación penal de conformidad con las leyes.
  4. Vigilar y proteger los edificios, oficinas, instalaciones y espacios públicos nacionales, así como las sedes de las representaciones diplomáticas y consulares extranjeras, cuando así lo requieran.
  5. Colaborar con el Cuerpo de Policía Nacional en la vigilancia y control de la entrada y salida del país, tanto de nacionales como de extranjeros, así como los movimientos migratorios que realicen éstos.
  6. Realizar las actividades de resguardo previstas en la Ley, así como las destinadas a evitar y perseguir el contrabando y los ilícitos tributarios.
  7. Colaborar con la autoridad acuática en la vigilancia, aseguramiento y protección de la seguridad ciudadana y el cumplimiento de la Ley en las circunscripciones acuáticas del espacio geográfico nacional.
  8. Vigilar y proteger las zonas fronterizas y los centros que por su interés económico o estratégico lo requieran.
  9. Vigilar y custodiar los puertos y aeropuertos.
  10. Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica del Ambiente y de la Ley Penal del Ambiente, así como cooperar con el saneamiento ambiental.
  11. Las demás que le atribuyan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás disposiciones del ordenamiento jurídico.
  12. En protección a la paz y la seguridad nacional, tendrá la responsabilidad básica, de ejercer la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno de la República.
  13. Ejercer las funciones de Policía Administrativa, de conformidad a las leyes.

Ultima actualización: 12 de febrero, 2007