Democracia y Seguridad Ciudadana
República Bolivariana de Venezuela
Usted está en : Democracia
y seguridad ciudadana / Indice
/Instituciones encargadas de la seguridad
ciudadana / Guardia Nacional
Estructura
|
Funciones
|
- Comando General
- Consejo de Generales
- Junta Permanente de Evaluación
- Ayudantía General
- Dirección de Atención al Público
- Consultoría Jurídica
- División de Información y Relaciones Públicas
- Cuartel General
- Dirección de Finanzas
- Inspectoría General
- Estado Mayor General
- Comando de Operaciones
- Comando Logístico
- Comando de las Escuelas
- Comando de Personal
Fuente: Guardia Nacional
|
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela y las demás disposiciones del ordenamiento jurídico.
- Acatar y ejecutar los planes y políticas dictadas por la autoridad
competente, para preservar, reestablecer y asegurar la seguridad
ciudadana. A falta de planes o políticas, el órgano rector de la función
policial deberá orientar y planificar la actividad de la función
policial ejercida por este componente, con el objetivo de ser más eficaz
en la protección de los ciudadanos y sus derechos.
- Ejercer las funciones de órgano de investigación penal de
conformidad con las leyes.
- Vigilar y proteger los edificios, oficinas, instalaciones y espacios
públicos nacionales, así como las sedes de las representaciones
diplomáticas y consulares extranjeras, cuando así lo requieran.
- Colaborar con el Cuerpo de Policía Nacional en la vigilancia y
control de la entrada y salida del país, tanto de nacionales como de
extranjeros, así como los movimientos migratorios que realicen éstos.
- Realizar las actividades de resguardo previstas en la Ley, así como
las destinadas a evitar y perseguir el contrabando y los ilícitos
tributarios.
- Colaborar con la autoridad acuática en la vigilancia, aseguramiento
y protección de la seguridad ciudadana y el cumplimiento de la Ley en
las circunscripciones acuáticas del espacio geográfico nacional.
- Vigilar y proteger las zonas fronterizas y los centros que por su
interés económico o estratégico lo requieran.
- Vigilar y custodiar los puertos y aeropuertos.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica
del Ambiente y de la Ley Penal del Ambiente, así como cooperar con el
saneamiento ambiental.
- Las demás que le atribuyan la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y demás disposiciones del ordenamiento
jurídico.
- En protección a la paz y la seguridad nacional, tendrá la
responsabilidad básica, de ejercer la conducción de las operaciones
exigidas para el mantenimiento del orden interno de la República.
- Ejercer las funciones de Policía Administrativa, de conformidad a
las leyes.
|
Ultima actualización: 12 de febrero, 2007