Bolivarian Republic of Venezuela
República Bolivariana de
Venezuela Democracy and Citizen
Security Democracia y Seguridad
Ciudadana
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y seguridad ciudadana / Indice
/Instituciones
encargadas de la seguridad ciudadana/ Procuraduria General del Estado de Táchira
Estructura
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Funciones
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- Prestar asesoría jurídica y emitir los
dictámenes que tengan a bien requerir tanto el
Ejecutivo del Estado como los órganos de la Administración
Pública Estadal, de acuerdo con la Constitución
y las Leyes del Estado.
- Representar y defender judicial o extrajudicialmente
los intereses del Estado relacionados con sus bienes,
rentas y derechos conforme a las instrucciones del Ejecutivo
Estadal.
- Redactar y suscribir los documentos contentivos de actos,
contratos o negocios en que sea parte el Estado o guarde
relación con los ingresos públicos o con
la gestión privada del Estado, de acuerdo a las
instrucciones impartidas por el Ejecutivo Regional.
- Dictaminar en los recursos intentados contra los actos
del Poder Ejecutivo del Estado ante los órganos
de la jurisdicción constitucional. También
podrá emitir dictamen cuando el recurso se intente
contra los actos de los institutos autónomos, sociedades
o empresas del Estado y/o del Poder Municipal, si el acto
interesa a la Administración Pública Estadal
y así lo resolviere el Poder Ejecutivo del Estado.
- Representar y defender al Estado Táchira conforme
a las instrucciones que le imparta el Ejecutivo Estadal,
en los juicios que se susciten entre el Estado y personas
públicas o privadas por cuestiones relativas a
tierras propiedad del Estado y contratos que celebre el
Ejecutivo, relativos a bienes y derechos.
- Representar y defender judicial y extrajudicialmente
conforme a las Instituciones del Ejecutivo Estadal los
derechos e intereses del Estado, relacionados con su ingresos
públicos en los casos y con los requisitos y modalidades
que determine la Ley.
- Solicitar por ante los tribunales competentes la nulidad
de las leyes, decretos, ordenanzas, acuerdos y resoluciones
que colindan con la
- Constitución de la República, la Constitución
del Estado y demás Leyes.
- Presidir y orientar las discusiones de las Convenciones
Colectivas de Trabajo que el Estado tuviere a bien suscribir
con los trabajadores, de acuerdo con las instrucciones
que le imparta el Ejecutivo Estadal.
- Llevar el Registro de Contratistas con el Estado.
- Dar fe pública de sus actos con sujeción
a la Constitución y Leyes del Estado.
- Conocer de los Proyectos de Leyes que deban ser presentados
al Consejo Legislativo Estadal, que sea por iniciativa
del propio Cuerpo Legislativo, por iniciativa del Ejecutivo
del Estado o por iniciativa particular y opinar sobre
dichos proyectos.
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Ultima actualización: 12
de febrero, 2007